Las Rozas aprueba su calendario definitivo de impuestos para 2023
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Las Rozas aprueba su calendario definitivo de impuestos para 2023

Se abre el plazo voluntario para el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

A. López | 10 abr 2023

Los vecinos de Las Rozas ya pueden organizarse para el pago de impuestos de este año. El Ayuntamiento ha aprobado el calendario definitivo de 2023, que fija los periodos de pago voluntario para los principales tributos, entre ellos el IBI, que permite varias modalidades de fraccionamiento.

El periodo para liquidar de forma voluntaria el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) comenzará el día 1 de septiembre y finalizará el 30 de noviembre, ambos incluidos. 

En el caso de que el vecino haya solicitado el pago del IBI en dos plazos, el primero de ellos vencerá el día 30 de junio, mientras que el segundo lo hará el 30 noviembre. También se podrá solicitar en seis partes, en cuyo caso las fechas de vencimiento son 30 de junio, 31 de julio, 31 de agosto, 28 de septiembre, 31 de octubre y 30 de noviembre.

Se mantiene el tipo de gravamen para las diferentes tipologías de los bienes inmuebles de naturaleza urbana (Industrial Comercial, Oficinas y Ocio y Hostelería) y la bonificación para las familias numerosas, del 70% para la categoría general (3 hijos) y del 90% para la categoría especial (más de 3 hijos).

PLAZO ABIERTO

Ya está abierto el plazo para el pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de terrenos de uso público local –en la que están incluidos los cajeros automáticos con frente a la vía pública-, y la Tasa por Entrada de Vehículos a Través de las Aceras, los conocidos como vados. El periodo se cierra en los tres casos a fecha de 31 de mayo, incluido este día.

Los vehículos con distintivo 0 Emisiones y los vehículos con distintivo ECO cuentan desde el año pasado con una bonificación del 75% en este tributo, el máximo legal permitido.

IAE
El periodo voluntario de pago del Impuesto de Actividades Económicas, al que no están obligadas aquellas empresas de Las Rozas cuya facturación anual no supere el millón de euros, será del 28 de septiembre hasta el 30 de noviembre, ambos inclusive. 

Se mantiene la bonificación para las empresas que apuesten por la creación de empleo indefinido y joven.

La documentación para acogerse a las diferentes bonificaciones puede realizarse presencialmente en el registro del Ayuntamiento de Las Rozas (mediante cita previa) o en la página web municipal www.lasrozas.es, a través de este enlace.

Aquellas personas que quieran solicitar el fraccionamiento de sus pagos, domiciliar sus tributos, realizar diferentes consultas o autoliquidar hasta 13 tributos y tasas municipales (ICIO, IVTM, Podas, Vados, etc.), pueden realizarlo accediendo a través de www.lasrozas.es a la carpeta tributaria.

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